TESTIMONIO: VISTO: La necesidad de brindar inserci¢n laboral al discapacitado, y CONSIDERANDO: Que hay tareas o trabajos que por su naturaleza es adaptan mas fa-cilmente a algunas discapacidades. Que la conducción de remises ha despertado interés como posible salida laboral. Que es deseo de este Departamento Ejecutivo allanar las dificulta-des y brindarles oportunidad de trabajo. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 32/95 --------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase a otorgar licencias de Remises a personas discapacita- ------------ das cuya discapacidad les permita encuadrarse dentro de lo exigido en el Artículo 43º de la Ley 11.430 y su Decreto Reglamentario Nº 2719/94, en lo referente al otorgamiento del Carnet de Conducir.------------------------------- ARTICULO 2.- Dicha licencia será intransferible y caducará su permiso con la ba------------- ja del titular.---------------------------------------------------- ARTICULO 3.- El vehículo deberá ser conducido solamente por el titular de la li------------- cencia, quedando expresamente prohibida la contratación de peones o choferes.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Las personas discapacitadas deberán presentar certificado médico de ------------ un especialista avalado por Hospital Público.---------------------- ARTICULO 5.- Para el otorgamiento de la licencia deberán dar cumplimiento a lo ------------ Reglamentado en la Ordenanza 71/94 (Reglamento Servicio de Remise). ARTICULO 6.- Exceptúase del cupo impuesto por el artículo 17º de la Ordenanza 71 ------------ /94, a personas discapacitadas que se encuadren en la presente Or-denanza.------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 7.- El aspirante a la obtención de la licencia deberá probar que ésta ------------ será su única actividad y por lo tanto su único ingreso, entendién-dose asimismo por tal, jubilaciones y pensiones.-------------------------------- ARTICULO 8.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y cinco. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.- -